Una situación que se puede dar a un trabajador por cuenta ajena, es que encontrándonos en proceso de baja médica la empresa no nos pague el salario, por diversas circunstancias que en este caso nos dará igual, pues hay que saber que por el proceso durante la baja medica o I L, enfermedad común, accidente de trabajo, etc, será el mismo.
Aquí hay que saber que por el proceso de baja el trabajador tiene derecho por Ley a una prestación y esta parte es precisamente vamos a cobrar, ya que la paga la Mutua o la Seguridad Social, esta prestación la pagan ellos y la empresa se la paga al trabajador, y la empresa se las deduce en los Seguros Sociales.
Ahora bien la empresa no nos paga, tendremos reclamar a la Mutua o Seguridad Social esta prestación directamente; Y ¿cómo hacerlo?.
LA EMPRESA NO ME PAGA LA BAJA.
Aquí estamos en un caso donde la empresa se queda con el dinero del trabajador por la baja, incluso constituye un presunto delito de apropiación indebida.
Para poder cobrar este baja, el procedimiento es el siguiente:
- Denuncia ante la Inspección de Trabajo de la Seguridad Social. Hoy día se puede hacer a través de la Sede Electrónica.
- Se acude a la respectiva Mutua, se le explica la situación y esta tendrá que facilitarle un formulario de pago directo de la I L (normalmente esta en su web).
- Copia de la última nómina, ya que con ella se calcula la base de reguladora con la que se paga la prestación.
- Un número de C/C.
- Una vida laboral para que vean que estamos en alta en la empresa. (esto ellos lo pueden comprobar).
De esta forma parte del salario que te corresponde lo cobras,el resto del salario habrá que recurrir a la jurisdicción social, pero ya la situación será menos grave.
Sin tiene alguna duda ponganse en contacto con nosotros, estaremos encantados en poderle ayudar
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